Pisos con licencia turística en Hospitalet de Llobregat y el Plan General Metropolitano

El Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat implantó una moratoria el pasado Abril del 2017 que congelaba la concesión de nuevas licencias turísticas.

Un año más tarde, en Marzo del 2018,  se aprobó una modificación del Plan General Metropolitano (MPGM) que regularía de forma definitiva la normativa respecto a los pisos con licencia turística en Hospitalet de Llobregat.

Nueva MPGM: Los pisos con licencia turística en Hospitalet, solamente se podrán ubicar en edificios enteros dedicados al uso turístico para evitar problemas de convivencia entre vecinos y turistas.

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Sin duda, la normativa turística de Barcelona ha influido e influye en las ciudades colindantes. El endurecimiento de la concesión de nuevas licencias turísticas en Barcelona y de las condiciones para obtenerlas, ha obligado a dueños, inversores y administración de Hospitalet a tomar medidas.

Una de las principales acciones por parte del Ayuntament d’Hospitalet ha sido la Modificación del Plan General Metropolitano (MPGM) para regular la previsible avalancha de inversores, dueños e inquilinos a la ciudad.

Recordemos que el actual Plan General Metropolitano (PGM) fue aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo de Barcelona el 14 de Julio de 1976 con el nombre de Plan General Metropolitano de Ordenación Urbana (PGM-76). Integraba la anterior Entidad Municipal Metropolitana de Barcelona y comprendía 27 municipios (entre los que se encuentra actualmente Hospitalet de Llobregat).

Para acceder a la página sobre la normativa urbanística metropolitana puedes hacerlo aquí.

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Marco regulador para los pisos con licencia turística en Hospitalet de Llobregat:

La Modificación del Plan General Metropolitano (MPGM) establece un nuevo marco regulador que obliga a cumplir ciertas condiciones:

Las licencias para pisos turísticos en Hospitalet se otorgarán a pisos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Sólo se podrán implantar en edificios que sean para uso turístico exclusivamente. De esta forma, se busca evitar los problemas de convivencia que surgían al mezclar turistas con vecinos.
  • Deben ubicarse en zonas urbanísticas que admitan el uso de viviendas residenciales.
  • Las zonas en las que es instalen, deben disponer de calles con un mínimo de ocho metros de ancho.
  • Las plantas bajas no son aptas ara utilizarlas como pisos turísticos.

 

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